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¿Cuánto cobra hoy un arquitecto por regularizar?

¿Cuánto cobra hoy un arquitecto por regularizar?

Entre $500.000 y $2.500.000, según los estudios chilenos que publican precios. Ese rango es de mercado, no de norma: el honorario no tiene fórmula legal y nadie lo fija.

Y es solo una parte de lo que va a pagar. Hay un segundo costo, los derechos municipales, que sí tiene fórmula y sí se puede calcular antes de pedir una sola cotización. Conviene no mezclarlos.

Cómo se calculan los derechos municipalesEl articulo 130 de la LGUC fija tasas distintas segun el tipo de obra. Obra nueva y ampliacion pagan 1,5 por ciento del presupuesto. Alteraciones y obras menores 1 por ciento. Subdivisiones y loteos 2 por ciento del avaluo fiscal del terreno. Las rebajas de la Ley 20.898 aplican solo al numeral 2: 75 por ciento cuando el valor de la construccion no supera 400 UF y 50 por ciento cuando lo excede, con exencion total para propietarios de 65 anos o mas o con un residente inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad. ART. 130 LGUC · REBAJAS DE LA LEY 20.898 · CÁLCULO NACIONAL, NO VARÍA POR COMUNACuánto vas a pagar de derechos municipalesLa tasa depende del tipo de obra. No todo se calcula igual.TASA SEGÚN TIPO DE OBRA · ART. 1301Subdivisiones y loteos2,0%sobre avalúo fiscal del TERRENO2Obra nueva y ampliación1,5%sobre presupuesto de la obraLEY DEL MONO3Alteraciones, reparaciones, obras menores1,0%sobre presupuesto de la obra6Modificaciones de proyecto0,75%sobre presupuesto de la obra7Demoliciones0,5%sobre presupuesto de la obraREBAJAS · SOLO SOBRE EL NUMERAL 2Valor de la construcción ≤ 400 UFrebaja 75% → pagas el 25%Valor de la construcción > 400 UFrebaja 50% → pagas el 50%Exención total: propietario de 65 años o más, o residente inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad.El umbral de la rebaja es el valor de la construcción, no el avalúo fiscal de la propiedad. Es la confusión más común.LGUC arts. 126 y 130 · Ley 20.898 art. 2 · verificado 08-2026entuterreno.cl
Cómo se calculan los derechos municipales

¿Por qué el rango de honorarios es tan ancho?

Porque dentro de la palabra “regularizar” caben trabajos muy distintos.

El precio depende de la superficie, del estado de lo construido, de si hace falta cálculo estructural y de la comuna. Un caso simple y uno complejo no se parecen en horas de trabajo.

Ese honorario suele cubrir la visita a terreno, el levantamiento de lo existente, los planos y el informe del profesional competente. Lo que incluye cada cotización cambia. Conviene pedir varias y compararlas contra la lista del itemizado.

El trabajo no se puede evitar. La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones pide, para ampliaciones y obras menores, un croquis de emplazamiento y un plano a escala 1:50 con planta general y elevaciones. Alguien tiene que ir al terreno y dibujarlo.

Las razones de fondo de la dispersión están desarrolladas en por qué varía tanto el precio de regularizar.

¿Cómo se calculan los derechos municipales?

Con la tabla del artículo 130 de la LGUC, que fija una tasa distinta según el tipo de obra. Regularizar una vivienda entra en el numeral 2, obra nueva y ampliación: 1,5% del presupuesto.

Tipo de obra Tasa Base de cálculo Numeral
Subdivisiones y loteos 2,0% avalúo fiscal del terreno 1
Obra nueva y ampliación 1,5% presupuesto 2
Alteraciones, reparaciones y obras menores 1,0% presupuesto 3
Reconstrucción 1,0% presupuesto 5
Modificaciones de proyecto 0,75% presupuesto 6
Archivo de declaración jurada 0,75% presupuesto 12
Demoliciones 0,5% presupuesto 7

Fíjese en la primera fila: las subdivisiones se calculan sobre el avalúo fiscal del terreno, no sobre el presupuesto. Es la única con base distinta.

Dos cosas que sorprenden de esa tabla. La primera es que las tasas más altas no son las de edificación. La segunda es que el artículo 130 aclara que estos derechos no constituyen impuesto: son el cobro por una labor de revisión, inspección y recepción.

¿Qué es el presupuesto de la obra?

No es lo que gastaste construyendo. Es un valor que fija el Estado.

El artículo 126 de la LGUC dispone que los permisos de construcción pagan un derecho calculado sobre el presupuesto de la obra. Y manda confeccionar ese presupuesto con la tabla de costos unitarios por metro cuadrado de construcción, según los tipos y materiales a emplear.

Esa tabla la hace el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. El artículo 127 de la LGUC le manda confeccionarla cada año y enviarla a todas las municipalidades antes del 31 de diciembre. Y las Direcciones de Obras la reajustan cada trimestre, según el Índice de Costo de Edificación.

O sea que el valor por m² no queda congelado todo el año: se mueve cuatro veces. Si te cotizaron los derechos hace varios meses, la cifra ya cambió.

El cálculo, entonces, es: metros cuadrados × valor unitario de la tabla = presupuesto. Y sobre ese presupuesto se aplica el 1,5% del numeral 2 del artículo 130 de la LGUC.

¿Qué rebajas existen?

Las de la Ley 20.898, y son grandes.

Esa ley dispone que las regularizaciones acogidas a ella pagan los derechos del numeral 2 del artículo 130, rebajados en un 75% cuando el valor de la construcción no supera las 400 UF, y en un 50% cuando excede esa cantidad.

La misma ley da exención del 100% en dos casos. Uno: que el propietario de la vivienda tenga 65 años de edad o más. Dos: que uno de los residentes esté inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad de los artículos 55 y 56 de la Ley 20.422.

Un punto que se confunde seguido: la Ley 20.898 mide ese umbral por el valor de la construcción, no por el avalúo fiscal de la propiedad. Son números distintos y suelen estar lejos uno del otro.

¿Hay otros costos?

Puede haberlos, según el caso.

Si la vivienda supera cierta superficie o complejidad, se agrega el cálculo estructural, que lo hace otro profesional y se cotiza aparte.

También está el certificado de avalúo fiscal del Servicio de Impuestos Internos, y eventualmente gastos notariales según los antecedentes que haya que acreditar. Cuánto conviene reservar para lo que no estaba en la cuenta está en cuánto debo dejar para imprevistos.

¿Por qué nadie te da una cifra única?

Porque la mitad del costo depende de datos que solo se conocen mirando tu caso.

Los metros cuadrados y el tipo de construcción determinan el presupuesto. El valor de la construcción determina, por la Ley 20.898, si tu rebaja es de 75% o de 50%. La complejidad determina si hace falta calculista.

Cualquier sitio que te dé un precio cerrado sin preguntar nada de eso está adivinando. El costo total de una regularización completa está desglosado en cuánto cuesta regularizar una casa y, si lo tuyo es una ampliación, en cuánto cuesta regularizar una ampliación.

¿Qué hago ahora?

Empieza por lo que puede averiguar solo: la superficie real medida y el año de construcción.

Con esos dos datos sabe si califica a la Ley 20.898 y de qué lado de las 400 UF va a caer, que es lo que decide si pagas el 25% o el 50% de los derechos.

Después pide dos o tres cotizaciones de honorarios y compara qué incluye cada una, no solo el total.

Y antes de todo eso, si el motivo es un subsidio: regularizar antes de postular


Verificado el 20 de agosto de 2026 contra el texto vigente de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la Ley 20.898 consolidada con la Ley 21.725 y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Los rangos de honorarios corresponden a precios publicados por estudios chilenos, no a una fuente normativa.

Verificado al · revisión anual · LGUC · Ley 20.898

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